El Tribunal Supremo ha anulado dos anexos de la orden ministerial 1045/2014 en los que se recogen los parámetros retributivos de las plantas de producción de electricidad a partir de purines y ha obligado al Gobierno a aprobar en el plazo de cuatro meses una regulación sustitutiva. Ha declarado la nulidad de varios anexos referidos a las instalaciones de tratamiento y reducción del purín en cuanto al cálculo de los costes de inversión y de explotación, así como en la ponderación de otros ingresos de explotación y del autoconsumo.
|
etiquetas: supremo , retribución , prima , retroatividad , hachazo , renovables