La sentencia indica que el puesto de trabajo no es susceptible de desempeño en régimen de teletrabajo, “ya que desarrolla parte de sus funciones fuera de las dependencias administrativas” y es la única inspectora de vivienda tramitadora que hay en Lugo
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"... ha rechazado la solicitud de una funcionaria de carrera del cuerpo administrativo de la Xunta de Galicia de que se le concediese el teletrabajo diez días al mes o, subsidiariamente, cinco días."