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CGT gana en el Constitucional la reincorporación de un delegado despedido de Telemadrid en enero de 2013

El Tribunal Constitucional ha recordado en su sentencia que el art. 28 de la Constitución Española integra los derechos de actividad y medios de acción de los sindicatos (huelga, negociación colectiva, promoción de conflictos, etc.), que “constituyen el núcleo mínimo, indispensable e indisponible de la libertad sindical”.

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