Hablamos de la figura jurídica denominada ETVE (Entidades de Tenencia de Valores Extranjeros), un figura que está viva desde 1995 y que consiste en que un inversor extranjero que cree una sociedad holding en España que agrupe participaciones en empresas situadas en el extranjero no tribute ni en el país de origen ni en España ni por los dividendos ni por los beneficios obtenido de la venta de las acciones de empresas extranjeras en las que participe la holding
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