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??QUIERES ALGO??.. ENTONCES VE,Y HAZ QUE PASE,PORQUE LA UNICA COSA QUE CAE DEL CIELO ES LA LLUVIA..

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La defensa dice que solicitará el sobreseimiento del caso 'Caja Segovia' ante la ausencia de hechos ilícitos [11]

  1. #7 Zzzzz
  1. #5 Como quieras, pero que un imputado ejerza su legítimo derecho de defensa -aunque sea haciendo el pino en bolas- no me parece relevante.
  1. #3 Una estrategia procesal como cualquier otra.

Cómo facturar sin darte de alta como autónomo [84]

  1. #82 :palmdecimonónico:
  1. #71 sí, eres tu. Sólo @BMW-Phoenix puede habla así, hacer creer que sabe algo de derecho. Aún recuerdo la inmensa chorrada que soltases sobre derecho penal que mezclaba cosas de civil y que no decía nada, pero sobre todo demostraba un profundo desconocimiento de base. Grandísimo. Igual te sirve en el casino de tu pueblo o con nińos, pero el lenguaje decimonónico aderezado con palabras técnicas, vacías por inapropiadas al contexto, tus formas de respuesta duras o las fingidas como esta no sirven fuera de alli. No te pongas la máscara te lo ruego. No esa, no aquí. Hay más sitios, hay otras máscaras. Se te pilla. Te dejas pillar. Haces algunos buenos envíos, por cierto. No dejes eso ;)

    ------
    Nota para @admin (al margen de esta conversación) De qué sirve banear a alguien si vuelve (es difícil de averiguar en ocasiones) Pero sobre todo, de qué sirve banear a alguien que se vanagloriaría de ser ese baneado y que, tras reconocerlo o saberlo todo el mundo, no pase nada? Buenos días por cierto ;)

Adaptar o no adaptar, he aquí la cuestión: 10 ejemplos de Responsive Web Design [75]

Cómo facturar sin darte de alta como autónomo [84]

  1. #63 Si si, pero sigue en tu pedestal de sabiduría insultando a los demás sin explicar nada porque tu tiempo es muy valioso xD
  1. #66 Hola @BMW, qué tal?

    Ojo, que las Consultas Vinculantes de la AEAT (art 89, de la lGT noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/l58-2003.t3.html#a89) sólo tienen efecto vinculante para la administración y más concretamente para "1. La contestación a las consultas tributarias escritas tendrá efectos vinculantes, en los términos previstos en este artículo, para los órganos y entidades de la Administración tributaria encargados de la aplicación de los tributos en su relación con el consultante."
    Es muy importante diferenciar la Gestión Tributaria de la Inspección tributaria: books.google.es/books?id=nRVSAQAAQBAJ&pg=PA222&lpg=PA222&d

    Además si lees la paǵina 367 de aquí (books.google.es/books?id=JYpnVlzhzdMC&pg=PA365&lpg=PA365&d) el matiz, tonto, pero básico de "identidad" es "igualdad sustancial".

    Oye, que saludos y tal!!!
  1. #10 Pues no estoy de acuerdo totalmente. Es legal si tu trabajo es esporádico o no habitual que no te des de alta en RETA pero si, evidentemente en IAE para entregar el IVA y los IRPF que son para hacienda. Si tu estas trabajando por cuenta ajena y haces trabajos como reparar unos PC o coser alguna prenda o cosas así, es perfectamente legal y correcto no darte de alta en RETA (que además sería un robo a mano armada que se llevaría todos tus ingresos por esos conceptos). La opción es hacerlo todo en negro y así no te pillan cruzando datos ni tampoco hay Fraude de Ley, Hacienda se queda sin su 21% etc. ¿Te parece eso más razonable? No lo es, por eso la ley dice lo que dice.

    El problema viene intentando determinar qué es habitual y ahí personalmente no estoy de acuerdo con lo del SMI totalmente porque habrá quien facture exactamente eso todos los meses diciendo que así no se da de alta cuando realmente si que se dedica a trabajar por cuenta propia como fuente habitual de ingresos.

    De todas formas, desde mi punto de vista, cuando están casi en el límite aceptable, es casi un "mal menor". He vivido por desgracia la situación de tener que darme de baja porque la cuota se comía lo poco que ingresaba. Ahora estoy por cuenta ajena. En esos casos, presionar un alta en RETA acaba forzando la baja en IAE y todo en negro con lo que es peor el remedio que la enfermedad.
  1. #10 creo que no soy el único interesado en saber el artículo del código penal (o leyes especiales) donde se tipifique que eso sea delito. Gracias por tu tiempo
  1. #10 No hay ningún fraude de ley, o de lo contrario lo que dices es que es el Tribunal Supremo el inductor del fraude.
  1. #10 #18 Hay una sentencia del Tribunal Supremo que dice que no hace darse de alta en el régimen de autónomos, esta noticia habla de ello:
    www.meneame.net/story/obligatorio-darse-alta-como-autonomo
  1. #18 Lo que tu quieras, pero las sentencias están ahí y dan la razón en la mayoría de los casos a los que sin estar dados de alta facturaban solo en el IAE, pero oye no quiero bajarte de tu pedestal de sabiduría al nivel del común de los mortales xD
  1. #10 Los primeros que facturan así son la gente de hacienda que dan cursos todos los años a los que nos ayudan a rellenar la declaración.
  1. #10 ¿Que dices? leete la jurisprudencia Perry Mason

La ANC plantea dejar de pagar los impuestos al Estado si impide la consulta - [87]

  1. #85 #86 Cuántos pasos tiene que dar Hacienda antes de proceder al embargo? No es automático, entre el impago y el embargo pasan meses, y si se llega a dar esa situación es posible que las cosas vayan muy rápido.

    (La subida de impuestos afectó especialmente Barcelona y Madrid, desconozco si en Madrid hubo algún tipo de acción parecida).
  1. #71 Disculpa. El "tancament de caixes" es un antecedente histórico de lo que sería el plante fiscal. Sucedió en 1899 en Barcelona y consistió en dar de baja comercios y pequeñas industrias para dejar de pagar las contribuciones e impuestos en protesta contra la política del gobierno de entonces. La respuesta fué considerar como sedición el impago de impuestos y terminó con algunos comerciantes encarcelados.

    Parece que no terminas de entender qué es lo que se propone. No se trata de dejar de pagar los impuestos gestionados por la Generalitat. Se trata de dejar de pagar TODOS los impuestos posibles. Evidentemente que se trata de una acción ilegal; de hecho es un acto de protesta no violenta pero que puede ser muy efectiva, puesto que los sistemas que existen para perseguir el fraude fiscal no escalan bien cuando lo que te encuentras es no con un porcentaje determinado de fraude, sino con la negativa a liquidar los impuestos practicada de forma masiva por la ciudadanía y apoyada por parte de la administración local.

    Existen otras opciones de protesta no violenta que están en el aire; en cualquier caso lo más sencillo para todo el mundo es hacer las cosas de forma pactada y negociada (primero la consulta, y en caso de que la independencia sea la opción más votada, pactar los plazos y condiciones), pero en caso de que el Estado se plante (como parece que está dispuesto a hacer), se tendrá que hacer por medio de una DUI acompañada por las acciones no violentas que sean necesarias. Que obviamente serán "ilegales" en el ámbito español, pero llegados a ese caso eso importará bien poco.
  1. #65 Obviamente es imposible un 100% de "tancament de caixes", pero tampoco es necesario llegar a eso. Con que los ayuntamientos, empresas públicas y PIMEs dejaran de ingresar sus impuestos el Estado español tendría un tremendo problema de liquidez.

    Y ante un plante fiscal de centenares de miles de personas, no hay servicio de inspección de hacienda, ni servicio de recaudación ejecutiva que sea capaz de contener el problema.

Defensa pagará el IBI por los clubes de cabos y oficiales [10]

  1. #6 Error:X en exención
  1. #4 Ya existe esa esención, si quieres más datos puedes leer el reglamento del IVA, yo en #2 describí la situación real, y lo estoy flipando a la vista de los triples que se marca el personal sin conocer el tema y pensando que va a tener más gastos.

    #5 ¿De parte de Mario Conde o Cospedal, ambos excedentes, o de otro en ejercicio? jajja

    La Abogacía del Estado ni pincha ni corta, le es ajeno todo esto. Existe una regulación clara y precisa, si tienes curiosidad, a nivel de consulta vinculante, deberías dirigirte a la Dirección Gral. de Tributos

Pasó lo que tenía que pasar [4]

Un matrimonio gay demanda a la Xunta de Galicia por "homófoba" [GL] [28]

  1. #26¡

    Un plaisir, et au revoir

La ola de frío casi congela las cataratas del Niágara [31]

  1. #8 Que seas autodidacta lo explica todo, de donde no hay, no se puede sacar...
  1. #6 Me recuerdas al buho con orejas de gato... Tu nivel de absurdidad es similar.
  1. #26 Tú misma. En todo caso la RAE dice que ya no se acentúa ningún demostrativo, con lo cual te contradices tú misma. "Ésto" efectivamente llegó a tener tilde... pero en el castellano antiguo.
    Más info:

    Los pronombres demostrativos se acentuaban sistemáticamente hasta las normas de 1952. Desde entonces era facultativo hacerlo, y desde 1999 solo debía hacerse si había riesgo de ambigüedad. En 2010 se reconoció que no había necesidad de tildar diacríticamente (ni siquiera se trataba de tilde diacrítica) esos vocablos, pues el significado era muy fácilmente reconocible por el contexto, los casos de ambigüedad eran muy escasos y podían resolverse de manera sencilla y, además, producían más casos de tilde innecesaria de lo que solucionaban, por lo que ya no deben tildarse nunca. RAE
    (www.wikilengua.org/index.php/Pronombre_demostrativo)
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