#23 "Soy el embajador de la federacion galactica en una mision diplomatica a la tierra para conversar con el presidente del planeta Obama (segun nuestras ultimas informaciones). Despues de un amerizaje forzoso y llegar a la costa a duras penas, estos putos monos calvos me han confundido con un calamar y me han encerrado en una celda de cristal con un par de bacalaos y una estrella de mar que me toca por las noches."
#44#58 Para un inversor que tenga una capacidad de compra de digamos unos 10 pisos este tipo de compras a largo plazo deben de salir muy rentables y relativamente cómodas. Aunque el "viager" es riesgoso suele beneficiar al comprador que adquiere una propiedad de valor superior a la que adquiriría con una compra directa.
#44 Algunos tienen un esquema más interesante; para una propiedad que se tasa en un valor más alto (p.e. 600 mil) y en que los inquilinos son relativamente jóvenes he visto que aplican una subida interanual a las mensualidades aparte de la entrada y un % del valor de tasación para no quedarse con la casa al completo y no poder habitarla, sino revender la parte. Ahora queda claro lo de la exclusividad para inversores.
#44 Mirando pisos por aquí, sin ir más lejos en Barcelona, he visto unos cuantos pisos en nuda propiedad donde se paga el importe de la propiedad y además también una mensualidad a la persona que era propietaria de la vivienda hasta que ésta muera.
Por ejemplo: "La propietaria actual, mujer de 74 años, se reserva el derecho de usufructo cobrando una RENTA MENSUAL VITALICIA de 450€.". Es una apuesta contra la edad de la persona en el piso; un tanto feo de pensar, aunque beneficie a ambos. En total se paga una entrada bastante reducida (del orden de cuarenta mil euros) y luego tranquilamente unos cien mil euros en concepto de mensualidad hasta la muerte del inquilino. Luego se reparten los gastos de comunidad e IBI y las obras entre inquilino e inversor.
Lo que me sorprende es que hablen de "ofertas exclusivas para inversores". No sé si se refieren a personas no físicas o a incidir en que las personas físicas no pueden tener el uso y disfrute del inmueble hasta que el inquilino ya no lo habite.
#13 Entiendo su situación, pero el entrevistado no entiende lo que es un visado. Es una autorización y no basta simplemente con cumplir unos requisitos. El visado depende de más cosas, como la situación laboral del país que otorga el visado y lo que comentan #65 o #71.