El TJUE afirmó en dicha sentencia que “aun suponiendo que todas las funciones ejercidas por la Policía (…) exigieran una aptitud física particular, no parece que dicha aptitud esté necesariamente relacionada con la posesión de una estatura física mínima y que las personas de una estatura inferior carezcan naturalmente de dicha aptitud”. «En otras palabras, la estatura no condiciona que un hombre o una mujer realicen con éxito su trabajo policial», señala el portavoz del SUP.
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