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Sexo oral

Hasta 1989 la regulación de la violencia sexual en el Código Penal se hacía sobre el honor, considerando estas conductas como delitos contra el honor, no contra la libertad sexual. Bajo esa perspectiva, el sexo oral tampoco se entendía como un problema serio desde el punto de vista jurídico al “no hacer temer” por la virginidad. Ese año cambió la ley para situar la libertad de las mujeres en el centro de dichas conductas, pero de nuevo la mirada androcéntrica introdujo matices que dejaron de lado la libertad que define el consentimiento.

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