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Dar “like” en Facebook puede infringir una pena de prohibición de comunicación

Expresiones tales como un "me gusta" a una foto, un comentario o a contenidos subidos a Facebook por el denunciante, titular del perfil, supondría un acto de comunicación entre afectado y condenado por la prohibición de comunicación "por cualquier medio". La pena pretende precisamente que no exista comunicación "de ninguna manera" con la víctima.

| etiquetas: facebook , prohibición de comunicación

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