El juzgado social 25 de Barcelona ha dictado una sentencia que contradice el criterio del Instituto Nacional de la Seguridad Social y sostiene que un bebé que haya muerto durante el parto o durante las siguientes 24 horas sí debe computarse como hijo al calcular el complemento de maternidad en las pensiones, ha explicado el Col·lectiu Ronda en un comunicado este lunes.
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