El tribunal asume los argumentos de la primera condena, que estableció una indemnización de 40.000 euros para el extorero por un cartel satírico. La sentencia dice que el cartel "es una verdadera ofensa gráfica" que utiliza sin permiso la imagen de Ortega Cano. El fallo anterior señaló que el cartel no empleaba "la imagen para provocar exclusivamente la burla sobre su persona"
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