También le ordena que si impone la obligación de ir a trabajar presencialmente cuando el empleado tuvo que teletrabajar, tiene que compensarle o devolverle dicho día. El tribunal de la Sala de lo Social ha declarado la nulidad de dos cláusulas del acuerdo individual de teletrabajo aplicable a los trabajadores del grupo Endesa acogidos a dicha fórmula de prestación de servicios, por ser contrarias a la Ley de Trabajo a Distancia.
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