El art. 76CP contempla el tiempo máximo que puede permanecer privado de libertad un condenado. Si bien el Código Penal fija que se impondrán todas las penas correspondientes a las diversas infracciones (art.73) para su cumplimiento simultáneo o para el caso de que no fuera posible, cumplimiento en orden sucesivo por la respectiva gravedad (art-. 75), se establece un tiempo máximo legal de cumplimiento en prisión, todo ello, en relación directa con el principio constitucional de las penas están orientadas hacia la reeducación y reinserción…
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