Cultura y divulgación
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3.2. El autogobierno del Poder Judicial

La promulgación de la Constitución Española-1978 supone la creación de un auténtico "Poder Judicial", la abolición del sistema de designación, promoción y régimen disciplinario por parte del Poder Ejecutivo, y la instauración del régimen de autogobierno de la Magistratura. El Presidente, los Vocales y el Secretario General del CGPJ están sujetos al deber de efectuar una declaración de bienes y derechos y al control y gestión de activos financieros de los que sean titulares (arts. 17 y 18 Ley 3/2015).

| etiquetas: cultura , derecho , autogobierno , poder , judicial , declaración , bienes

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