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A vueltas con el complemento de maternidad. Aspectos polémicos

Rajoy -¡hacía tiempo que no escribía su nombre!- mediante la disposición final 2.1 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre. (acceso a la norma), y con efectos de 1 de enero de 2016, estableció el llamado "complemento por maternidad en las pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social", que se incorporó la LGSS 1994 en su art. 50 bis -hoy es el art. 60 de la LGSS 2015-. Fue una norma dictada en plena campaña electoral y, al margen de otras cuestiones problemáticas, se dictó con un efecto temporal muy concreto

| etiquetas: derecho , laboral , empleo , seguridad social

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