El Supremo anula la pena de 10 años de prisión impuesta por la Audiencia de Córdoba a un profesor de música del conservatorio de Priego de Córdoba por delito de abuso sexual, consistente en tocamientos por encima de la ropa a dos alumnas de 10 años de edad, y establece en su lugar una pena de multa de 2.500 euros por entender que lo cometido debe tipificarse como dos faltas de vejación injusta. Además, el profesor deberá indemnizar con 6.000 euros a cada una de las alumnas, con responsabilidad civil subsidiaria de la Junta de Andalucía.
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