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TRW tendrá que negociar la readmisión de los 123 despedidos o llegar a un acuerdo sobre sus indemnizaciones

El TSJN considera que el despido colectivo no es ajustado a derecho porque no se justifican las causas económicas, organizativas y productivas. Sobre las causas económicas, el Tribunal resalta que las cuentas de pérdidas y ganancias de TRW Automotive España SLU revelan que en los últimos cinco ejercicios se obtuvieron beneficios y que la cifra de negocio se incrementó en el último año. Relacionada: www.meneame.net/story/direccion-zf-trw-despues-despedir-hace-mes-101-t

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