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La tasa a banca y energéticas podrá recurrirse por un error en su liquidación

El gravamen a la banca y a las energéticas aprobado a final de año por el Ejecutivo tambalea su continuidad por un error en su concepción. La Ley 38/2022, de 27 de diciembre, que establece esta tasa no recoge la obligación de autoliquidación dentro de la propia normativa que, posteriormente, publicó el Ministerio de Hacienda el pasado 3 de febrero mediante una orden ministerial. Los expertos consultados señalan que los tribunales pueden tumbar la obligación de liquidación por este descuido en la concepción de la tasa.

| etiquetas: actualidad , impuestos , banca

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