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El Supremo determina que es competencia de la Seguridad Social valorar el reconocimiento de invalidez a una taxista

El Tribunal Supremo ha determinado que la pérdida de licencia de conducción de taxi por motivos de salud no conlleva que la persona en cuestión tenga automáticamente reconocido el derecho a ser pensionista de invalidez sino que la Seguridad Social debe realizar su propia valoración de las dolencias.

| etiquetas: tribunal supremo , invalidez , denegación , enfermedad

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