El tribunal resuelve el caso de un ciudadano al que el SEPE le concedió la prestación por desempleo para mayores de 55 años desde el 3 de diciembre de 2015 y hasta el 30 de octubre de 2019. Sin embargo, la Comisaría General de Extranjería y Fronteras comunicó una entrada a España del ciudadano en enero de 2016, cuando ya percibía el paro.
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