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Mazazo a los pisos turísticos y a las cocinas fantasma en Madrid

"Los pisos turísticos solamente se permitirán en la primera planta de los edificios residenciales o en las plantas inmediatamente inferiores a las viviendas habituales. Es decir, siempre que no haya una vivienda debajo". Respecto a las cocinas fantasma ubicadas en barrios residenciales en el centro de Madrid. Solo se concederán licencias a las ubicadas en locales de uso industrial en edificios de viviendas que cuenten con menos de 350 m² y siempre que la recogida de los pedidos y la descarga de los productos se realicen en el interior.

| etiquetas: piso turístico , urbanismo , madrid , normativa , alquiler turístico , cocinas

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