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Leña al mono con la espada de Damocles sobre los indultos del 'procés'

Los magistrados Huerta y Diego Córdoba emitieron un voto particular en el que cuestionaron el derecho a recurrir de los ecologistas. “La asociación recurrente, aunque tiene como fin estatutario la defensa y renovación del medio ambiente, entendido como interés medioambiental genérico, no tiene la condición de afectada/ofendido por el delito”, Es decir: no basta el interés “general” para detentar el derecho a recurrir.

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