Según recogen los Estatutos de Izquierda Unida, en concreto en su artículo 91.1, “el Consejo Político Federal, ante situaciones de especial trascendencia para la política de Izquierda Unida, podrá convocar un referéndum vinculante entre las asambleas de base“. Este hecho se concreta aún más en el siguiente apartado, donde según los estatutos de la organización “la posibilidad de un acuerdo de gobierno se considerará motivo inexcusable para la convocatoria de referéndum“.
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