Se declararán nulas las cláusulas basadas en los antecedentes oncológicos que discriminen a la hora de contratar servicios, se prohibirá que se tengan en cuenta los antecedentes del asegurado para imponer condiciones gravosas y se establecerá el derecho a no declarar que se haya padecido cáncer al contratar un seguro vinculado a un préstamo hipotecario.
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