Una consulta vinculante de un ciudadano sobre si podía desgravarse lo que había perdido al morder el anzuelo de unos estafadores telefónicos obtuvo una respuesta por parte de la AEAT según la cual sí que sería factible hacerlo siempre que esa pérdida esté bien justificada y documentada y se impute dentro del concepto legal de ganancias y pérdidas patrimoniales.
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