Actualidad y sociedad
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El despido “con agostidad”.

Es muy habitual que a finales del mes de julio de cada año se produzca una pequeña “oleada” de despidos. Eso lo sabemos de sobra en Laboro, porque en esa época del año suele haber consultas de trabajadores que repiten el mismo patrón. Los llamamos despidos “con agostidad”, como si fuera un agravante delictivo, cuando el empresaurio demuestra con sus actos que quiere producir al trabajador un perjuicio adicional además del propio despido. El principal perjuicio adicional es dificultar que el trabajador ejerza su derecho a (...)

| etiquetas: agostidad , despido

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