La energética podría haber dispensado un trato "discriminatorio y preferente" a la resolución de solicitudes, reclamaciones e incidencias de sus propias filiales, en detrimento de terceras empresas competidoras. Entre otros, se analizan los trámites relacionados con la comercialización de energía eléctrica, la instalación de equipos y prestación de servicios de medida eléctrica, la prestación de servicios energéticos, así como la instalación y operación del autoconsumo, vinculado al mercado de generación distribuida.
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