Ahora vienen los dibujos animados: te cae una piedra de 500 kg en la cabeza como al coyote. El correcaminos o su aseguradora te pagan una indemnización por los daños libre de IRPF, porque son los responsables del hecho, aunque no fuera voluntario, pero el perjudicado fuiste tu. En cambio si te despide tu empresa pagas IRPF de la indemnización que sobrepase los 2.000€/año porque todo el mundo sabe que te despiden por tu culpa, por rojo maricón que no deja que los empresaurios levanten Españistán.
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