El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha determinado en una reciente sentencia que la norma española sobre el blanqueo de capitales y financiación terrorista es “contraria” al derecho comunitario, pues establece una presunción se sospecha a todas las transferencias de fondos con carácter general, incluso las que objetivamente no suponen ningún riesgo delictivo.
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