Desde este pasado 3 de enero, se difunde en varios medios de comunicación que el Tribunal Constitucional (TC) “ha avalado que se pueda pagar una deuda con sexo oral”. Los contenidos hacen referencia a una resolución del Alto Tribunal en la que, según indican, no se admite a trámite un recurso de amparo contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca. En esta, se resolvió que la petición de sexo oral para saldar una deuda económica de forma voluntaria no era, en ese caso concreto, constitutivo de delito.