Se trata de una cautelar que presentó la Comunidad de Madrid el pasado 23 de noviembre amparándose en un recurso que tenía interpuesto contra la la ordenanza de Movilidad. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid considera que "no se producen efectos irreversibles o perjuicios irreparables ni es imposible ejecutar una hipotética sentencia anulatoria de la disposición impugnada"
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