De acuerdo a este análisis jurídico, whatsapp es considerado documento privado, y por tanto se aplicarán las normas generales de los documentos privados de los artículos 324 a 327 LEC. El artículo relata los huecos y asideros legales que se deberán tener en cuenta a la hora que nos lleven a juicio y Watsapp Whatsapp sea un medio probatorio.
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