El Tribunal Constitucional ha anulado la ecotasa regional, que grava la producción, transporte y almacenaje de energía eléctrica, precisamente por eso, por hacer pagar por una actividad que ya está sujeta al impuesto de actividades económicas (IAE), y la doble tributación por lo mismo está especialmente prohibida por la ley orgánica de financiación de las comunidades autónomas (LOFCA).
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