En principio, el importe de los gastos de teletrabajo (ordenador, internet, electricidad…) lo tendría que determinar el convenio o acuerdo colectivo y, en su defecto, el acuerdo individual. En principio, el importe de los gastos de teletrabajo (ordenador, internet, electricidad…) lo tendría que determinar el convenio o acuerdo colectivo y, en su defecto, el acuerdo individual.
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