El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho a obtener una reducción del 50% de la jornada laboral, con mantenimiento íntegro del sueldo, para cuidar de hijos menores con enfermedad grave y discapacidad reconocida en los casos en los que no estén hospitalizados pero requieran de un cuidado "continuo" aún cuando estén escolarizados.
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