El TJUE dictaminó el pasado mes de marzo que "los tribunales españoles deberán asegurarse del carácter claro y comprensible de las cláusulas de contratos de préstamos hipotecarios que establezcan la aplicación de un tipo de interés variable basado en el índice de referencia de las cajas de ahorros". La justicia europea se pronunció después de que el juzgado de Primera Instancia número 38 de Barcelona suspendiese un procedimiento e instase al tribunal de la UE a que se pronunciase sobre la legalidad y la transparencia del IRPH.
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