“Tanto la doctrina científica como los pronunciamientos judiciales reconocen hoy el derecho a exigir responsabilidad civil debida a daños causados, dolosa o culposamente, entre miembros del núcleo familiar”, explicó ayer el magistrado emérito, Julio Picatoste Bobillo, pronunciada ante la RAGJYL. En la misma abordó la cuestión de «la responsabilidad civil por daño moral en los casos de fraudulenta atribución al marido de la filiación del hijo nacido de relaciones extramatrimoniales de la esposa, con ocultación de la verdadera paternidad”.
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