No se está cumpliendo la reforma de la ley de enjuiciamiento civil en lo que se refiere a algo que ya dejó claro este tribunal y es que en caso de impago no es admisible que primero se ejecute el desahucio y luego se juzguen las reclamaciones que haya hecho el consumidor. Por otro lado, con la norma tal como esta redactada ahora mismo se podría abrir la compuerta a que se realizaran miles de ejecuciones que fueron paralizadas por el Supremo cuando consultó al TJUE sobre este vencimiento anticipado.
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