El juzgado de los social número 1 de Mataró (Barcelona) ha anulado el despido de un trabajador a quien la empresa rescindió el contrato dos días después de que éste comunicara que tenía coronavirus, a la vez que considera que se trata de una "enfermedad estigmatizante". La sentencia aprecia que el trabajador fue despedido por la única razón de ser "sospechoso" de tener una enfermedad infecciosa y altamente contagiosa.
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