La obligatoriedad de llevar la mascarilla se circunscribe únicamente al interior de comercios y transporte público (no lo será en el interior de restaurantes o gimnasios); se levanta toda restricción numérica sobre la cantidad de personas que pueden reunirse en público (hasta ahora limitada a 16) y las personas que hayan completado la vacunación no deberán autoaislarse en el caso de que entren en contacto con un positivo.
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