No es habitual que se incluya una cláusula de este tipo en las comisiones rogatorias internacionales. No aparece, por ejemplo, en la petición que el juez Pablo Ruz envió a Suiza para solicitar las cuentas del entonces exsenador Luis Bárcenas en 2013, ni en las 21 peticiones anteriores de esa causa. Tampoco en las peticiones enviadas a Mónaco, Alemania, Argentina o Estados Unidos. Lo mismo sucede por poner otro ejemplo en el caso Lezo y las comisiones rogatorias enviadas a Suiza o Luxemburgo.
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