Es necesario, dice el fallo judicial, tener en cuenta que el antiguo narco es "una persona pública" desde hace décadas y esta condición lleva implícita una "restricción a su derecho a la honra". Además, subraya, las manifestaciones públicas de Avendaño derivan "de hechos de gran relevancia pública", por lo que "cabe la posibilidad, según las circunstancias del caso, de que la reputación ajena tenga que soportar restricciones cuando lo requiera la relevancia pública de aquello sobre lo que se informa o se opina".
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