La Comunidad de Madrid pone a disposición de los empresarios del ocio nocturno una herramienta para reducir el severo impacto que, en términos de negocio y empleo, puede suponer esta suspensión de su actividad habitual. La Orden de la autoridad sanitaria mantiene la posibilidad de que estos establecimientos puedan instalar terrazas, en horario de apertura que no podrá ser anterior a las 8.00 horas de la mañana. El cierre será a la misma hora que el resto de los locales de hostelería y restauración.
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