Un Juzgado de lo Social número 4 de Valladolid estima que el estado de ansiedad y depresión sufrido por un trabajador del sector de la hostelería, que la víctima achaca, entre otras muchas razones, a los pedos y eructos del encargado del establecimiento, debe encuadrarse en una enfermedad común, tal y como entiende la Seguridad Social y contrariamente a lo que venía reclamado el camarero, quien solicitaba el reconocimiento como dolencia profesional.
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