La ausencia de denuncia de la cuidadora obligaba al Juez a absolver. Más discutible e interpretable puede ser si el número e intensidad de actos de acercamiento en ese lapso temporal fue suficiente para constituir delito. A la vista de la jurisprudencia, y las sentencias que se vienen dictando por hechos similares, parece que no. Es precisamente la ausencia de requisito de procedibilidad la que impedirá condenar a Pablo Iglesias en el caso Dina. La ley es igual para todos. Lo mismo que salvó a Pablo Iglesias en el caso Dina, salva ahora a este
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