Entre las técnicas utilizadas de un modo indebido se encuentra la colocación de carteles en el buzón del deudor y en la puerta de su vivienda, indicando, entre otros datos, el nombre y apellidos del afectado; se constató también la entrega de tarjetas de visita por parte de los cobradores a vecinos y familiares del moroso. La Agencia Española de Protección de Datos ha sancionado estas prácticas por entender que se vulnera el deber de secreto, pues divulgan, de forma indebida, la condición de deudor a terceras personas.
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