El juzgado de lo Social número 18 de Valencia ha obligado a una empresa a abonar un complemento salarial denominado ‘Cesta de Navidad’ a todos sus empleados tras la reclamación interpuesta por el sindicato CSIF. La sentencia expone que dado que el complemento de la ‘cesta de Navidad’ no se refiere a un tipo de actividad desempeñada por unos u otros trabajadores y no se justifica la diferencia de trato, “la compensación debe aplicarse a todos los trabajadores independientemente de su fecha de ingreso en la empresa”.
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Si no sabéis mirar la nómina (cosa que deberíais saber) si durante unos meses os pagan plus random se convierte en parte de tu salario y no se puede quitar.
Un buen consejo / info
(Sí, se que el IRPF va por tramos pero en este caso es correcto mirar solo tu tramo más alto porque son ingresos adicionales al salario base)
Que podía ser proporcional como la paga extra, el que entra antes del 1 de julio cesta completa y el que entra el 1 de diciembre un turrón del Carrefull y a correr.