#20 por ejemplo en este caso; dependiendo que las pruebas que aporte la trabajadora podría acogerse a vulneración de derecho fundamental: derecho a la propia imagen, del derecho a la intimidad, del derecho al libre desarrollo de la personalidad e incluso del derecho a la integridad. Si el juez falla a su favor, el despido sería nulo.
#43 que la persona declarante (no sé si es investigada o testigo) sólo quiera hablar en catalán es un derecho. Que el juez no quiera entenderla raya la prevalicación . Todo funcionariado Catalán debería ser bilingüe para respetar el derecho a cualquier ciudadano. No he ido nunca a ningún organismo donde el funcionario no entienda el catalán (aunque utilicen el castellano para responder).
#31 ¿Cuál sería tu opinión si el juez concreto de este vídeo si entendiese el catalán y actuase igualmente de este modo ?.
¿Y si no lo entiende y tampoco quiere hacer ningún esfuerzo para entenderlo ?
1- No se trata de derechos del juez. Se trata de los derechos de la ciudadanía de expresarse en la lengua que elija.
2- En Catalunya , una persona castellano parlante tiene el derecho de dirigirse en a cualquier organismo público en castellano y se le respeta siempre.
3 - Es imposible que ningún funcionario público en Catalunya hable sólo en catalán ( no podría ser funcionario) .
4- Si visualizas la totalidad del vídeo es evidente que no es sólo una 'dificultad técnica' , el juez muestra un comportamiento militante ( en el tono y en las formas) para impedir que se dirijan a él en catalán.
#8#2#1 - Uno podría pensar que aunque el juez tenga un conocimiento básico del catalán , quiera un interprete para no perder matices en la declaración. Pero una de las declarantes quiere hacerle una observación, a parte de la declaración en si, de algo que ha sucedido antes de la entrada a la sesión. El juez la interrumpe inmediatamente y no le deja ni acabar la frase. Es evidente que la actitud del juez va más allá de entender o no el catalán : 'usted a mi me habla en cristiano'.
#11 "Base legal expresa" significa que el Tribunal Supremo no podía en este caso otorgarse a si mismo la competencia de enjuiciar saltándose el juez natural que era en Tribunal Superior de Justicia de Catalunya .
El Tribunal supremo es el órgano superior, uno existe una instancia por encima donde recurrir que no sea a sí mismo . Este es el motivo que alegó la justicia Belga para denegar la DOE.
#27 NOTA: En el párrafo 14 de la sentencia el TJEU remarca que la justicia Belga denegó la ODE precisamente por este motivo, después de pedir información a la parte emisora: que el Tribunal Supremo no era competente para efectuar diligencias penales. Estoy convencido que el tribunal Belga ratificará su fallo. Es más , de acuerdo con el párrafo 143, al no haber cambiado las circunstancias, no puede emitirse una nueva ODE.
#26 No estoy de acuerdo . Es más que posible que el Supremo se haya saltado la competencia del Juez natural sin que exista una regla expresa en ley (el concepto es importante) y al ser un juzgado de primera y última instancia, no puede considerarse un tribunal constituido en base a ley y cumpliría uno de los requisitos según la sentencia por el cuál la justicia Belga puede denegar la ODE (que es lo indica el párrafo 100) , No sólo eso: Si es así ,el TEDH tiene base anular toda la causa.
Si te fijas la sentencia lo que indica es el hecho fundamental de la confianza mutua entre estados, PERO debe garantizarse siempre el derecho fundamental a un juicio justo e imparcial y la parte ejecutora puede negarse si tiene evidencias que eso no es así .
#21 no es por discutir contigo, pero el párrafo 101 lo entiendo justo al contrario: que en el transcurso de una ODE en que la persona objeto de la orden pueda ver vulnerados sus derechos fundamentales (en los términos que marca la sentencia) , la parte ejecutora puede pedir información para determinar la competencia de la autoridad emisora.
En todo caso yo sólo quiero remarcar que la sentencia ha de leerse en conjunto y no es tan trivial como los titulares de los medios de comunicación dan a entender. Nada más que eso ( y nada menos) .
#12 No estoy tan seguro . Por ejemplo la competencia de la audiencia nacional tiene que acreditarse en función del párrafo 99 de la propia sentencia ( cuyas referencias todavía no he leído ).
#10 El TJUE NO le ha dado (del todo) la razón a Llarena. Llarena defendía que un tribunal de otro país no podía negarse a una extradición. El TJUE señala los motivos por los que se puede denegar la extradición :
- riesgo real de vulneración de ese derecho fundamental debido a
deficiencias sistémicas o generalizadas en el funcionamiento del sistema judicial del Estado
miembro emisor
- y/o deficiencias que afecten a la tutela judicial de un grupo objetivamente
identificable de personas al que pertenezca el interesado.
- y/o la falta de competencia manifiesta del órgano jurisdiccional que habrá de enjuiciar a la persona buscada.
#41 Mala suerte , el fallo del TJUE ratifica que un tribunal de otro estado si puede denegar una extradición en base a vulneración de derechos fundamentales y/o la la falta de competencia del órgano jurisdiccional que habrá de enjuiciar a los acusados.
#90 Efectivamente, Llarena defendía que un estado de la Unión Europea no podía negarse a una extraditación en base a la noción de confianza mutua. El TJUE no le da completamente la razón estableciendo los motivos por los cuales un país si puede negarse.
El titular es falso . Es cierto que limita las opciones de un país denegar las euroordenes, pero según el fallo se pueden denegar cuando:
1 - Hay deficiencias que afecten a los derechos de un grupo objetivamente identificable (como podría ser el independentismo).
2 - Cuando el órgano que juzgaría el caso claramente no tiene la competencia para hacerlo.
Aquí la justicia Belga debe examinar el riesgo de vulneración de derechos fundamentales en el caso de los exiliados. (quizás teniendo en cuenta la opinión del Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias vinculado a la ONU).
Además debe investigar si el supremo es un órgano competente. Según un tuit del abogado Boye : no puede considerarse un tribunal establecido por la ley, ... artículo 6, apartado 1, un tribunal supremo nacional que resuelva en primera y última instancia sobre asunto penal sin disponer de una base legal expresa que le confiera competencia para enjuiciar a todos encausado
#1 China no es comunista , es socialista ( como se estipula en el artículo 1 de su constitución) . El comunismo implica por definición la abolición del estado. En toda la historia no ha existido ningún país comunista. -- Ya sé que tu comentario va por otros caminos , pero ahí queda eso --
#1 Si, la libertad entendida como la posibilidad de pensar, decidir y participar en todo lo concerniente a la propia vida. Pero en el anarquismo la libertad va unida a la fraternidad (solidaridad) , porque si no se convierte en puro individualismo.
#3#4 En la sentencia no hay pena de inhabilitación a cargo público; pero en la 'comunicación' (ojo que es importante como se dirige el supremo a la presidenta del congreso) a Batet, el supremo 'corrige' la sentencia aludiendo a un delito al que no ha sido condenado.
#6#5#4#2 Tal como explica Peyu en su canal oficial de twitter, el gag se grabó originalmente con la alusión a la hija de Letizia y fue el propio programa quien eliminó ese trozo. Sin embargo tv3 censuró todo el gag, A raíz de la publicación por parte de Peyu del gag tal como querían que se emitiese , tv3 ha filtrado el vídeo original que se filmó.
#5#14 pero es que además un golpe de estado no es delito: se hizo en el 77. El delito es realizarlo mediante alzamiento violento (con armas) , que fue lo que se intentó en el 81 .
#8#6 tiene razón la ILE era una institución privada que junto a otras dentro de un movimiento de renovación pedagógica; inspiró las misiones pedagógicas durante la segunda república
#218 Lee mejor. Al final del artículo señala que las principales asociaciones judiciales APM, AJFV y AJI consideran que de la resolución se desliza que en España los órganos judiciales al servicio de unos intereses del poder ejecutivo para reprimir las libertades públicas.