#122 si la situación os superaba, hicisteis bien. Lo que no es recomendable es que uno tenga miedo o no confíe en su propio perro. Y no todos los perros son fáciles, no todos son iguales y cada dueño también es diferente.
#122 no creo que los de la perrera pusieran pegas, es comprensible e incluso recomendado por ellos, prefieren que le devuelvan un perro aun sabiendo que acabará sacrificado a que ataque a alguien. No todos los perros pueden tener otra oportunidad, por lo menos no con el dueño equivocado.
#109 la idea no es criticar a quien se compre un perro, es criticar a quien lo compra como si fuera un juguete.
Y es cierto que todos preferimos cachorros, para acostumbrarlos desde pequeños, para difrtutar de esa etapa, etc. lo que no quita que a veces uno ya mayorcete te robe el corazón.
por otro lado, te animaría (no es una crítica, simplemente una recomendación, si me la permites, claro) que la próxima vez que busques un amigo, vayas hasta la protectora. Tienen camadas enteras de cachorros esperando alguien que los quiera
#10 Tranquilo. Mañana será portada en todos los periódicos y noticias deportivas del país, y será portada sin duda aquí también. Eso sí, yo espero que cambien el link por el del Marca.
15.4. En todo caso, el personal funcionario interino debe cumplir las condiciones y los requisitos exigidos al personal funcionario de carrera para ocupar los puestos de trabajo o ejercer las funciones de que se trate.
Y ¿Cuales son esos requisitos de acceso?, bien, pues veámoslo en el artículo 45 de la ley balear:
Artículo 45. Sistemas de selección.
1. El acceso a los cuerpos, las escalas y las especialidades funcionariales o a las categorías profesionales de personal laboral fijo se realizará mediante los sistemas de oposición, concurso-oposición o concurso.
2. El sistema de oposición consiste en realizar una o más pruebas de capacidad para determinar la aptitud de los aspirantes.
3. El sistema de concurso-oposición consiste en llevar a cabo, como partes del procedimiento de selección, una fase de oposición y una de concurso. La puntuación que pueda obtenerse en la fase de concurso no dispensa en ningún caso de la necesidad de superar las pruebas selectivas de la fase de oposición.
4. El sistema de concurso, que tiene carácter excepcional, consiste en calificar los méritos alegados y acreditados por los aspirantes, de acuerdo con el baremo incluido en la convocatoria.
¿Has visto que el concurso de méritos es excepcional? Y ahora enseñame la convocatoria que quieras, que si es por concurso de méritos únicamente, puedo asegurarte que los casos son muy pocos, y que una vez recurrida, un juez la anularia. Principalmente, porque el Estatuto básico del empleado público es normativa básica estatal, el desarrollo por parte de las CC.AA no puede salirse de sus límites, y en el citado Estatuto, el acceso de los funcionarios de carrera, es decir, el mismo que han de seguir los funcionarios interinos, nos explica muy bien el artículo 61.3 que solo pueden ser:
Art.61.6 EBEP:
61.6. Los sistemas selectivos de funcionarios de carrera serán los de oposición y concurso-oposición que deberán incluir, en todo caso, una o varias pruebas para determinar la capacidad de los aspirantes y establecer el orden de prelación.
Osea, que no solo es excepcional el concurso de méritos, sino que además, la Ley de función pública de baleares, no respeta el desarrollo básico estatal, el cual no permite el acceso al funcionariado mediante concurso,por lo que podría declararse ilegal, al menos esos puntos. Convocatoria ilegales por ahi,haberlas haylas, y a montones, por lo que no son prueba de nada. La próxima vez no seas tan altivo/a, que terminas cagándola y la caida es más dolorosa. Dixit.
#100 Leete el Estatuto del Empleado público, mira las formas de acceso, y luego me cuentas. Lo que venga en google, poco cuenca, que google, todavía, no tiene el monopolio de la exactitud ni la rectitud legal, al menos, en lo que a anuncios se refiere...Whatever...
#9 No tienes ni idea, ni muchos de lo que hablais aquí. Está prohibido el acceso a la función pública mediante concurso de méritos, al menos al funcionariado, donde siempre ha de ser por oposición libre, y en muy raras ocasiones por concurso-oposición. Solo se permitía hace unos años el acceso del personal laboral(se les despide como a cualquier trabajador normal) mediante concurso, e incluso ahora, el Estatuto Básico del Empleado Público lo ha cambiado y ha de hacerse mediante concurso-oposición, ya no se permite solo el concurso de méritos. Lo dicho, muchos hablais por hablar, que no tener ni idea es gratis.
P.D:Joder, si quereis puestos como los suyos, opositar, que el problema es que muchos no estais dispuestos al sacrificio que requiere, estudiar una carrera, y además muchos años de estudio de la oposición. Que algunos os creeis que han nacido funcionarios. No sé sobre esos en concreto del artículo, pero la mayoría están hartitos de estudiar, y no solo la carrera.
En la noticia hablan de altos cargos, los que se designan a dedo y que son normalmente de gente que viene de otras empresas o instituciones.
Si hubieses leído el artículo antes de decir tantas tonterías hubieses visto que lo comparan con los cargos de carrera (funcionarios) que llevan el día a día y ganan menos.