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lolindir

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Ganar la lucha contra la pobreza [10]

  1. #3 go to #4
  1. ¿Por que eres tan obtuso? Si te has dignado en leer el articulo te darás cuenta de que la mejora sustancial de la población se da en todos los países en desarrollo de Asia, África y América tu intento de querer minimanizarlo con cuatro ejemplos pobres de países de América latina de carácter socialista es un poco chapucero además de partidista.

    A ver si te crees que esos paises que tu mencionas podrían dedicar recursos a la lucha contra la pobreza sin antes de abrirse al exterior en una economía de mercado.
  1. Gran noticia para aquellos que creemos que la economía de mercado es la mejor solución para los países en desarrollo, ojalá este proceso continue y aquellos países que todavía no lo han adoptado, lo empiecen a hacer a la vista de los resultados.

España campeona del Mundo de Balonmano 35-19 [150]

  1. Por cierto la organizacion de la entrega de los premios es la peor que he visto en mucho tiempo. Lenta, tediosa, la musica a saltos y mal escogida.
    Una pena porque ha sido un partidazo

Cayo Lara: Cataluña no puede decidir su futuro "unilateralmente" [523]

  1. #360 Si, completamente de acuerdo contigo.

    Para cambiar en lo que se fundamenta la constitución habría que cambiar toda la constitución por la vía del articulo 168 es decir 2/3 de las Camaras y referendum. Y en ese momento se votarían las opciones que hayan con las distintas formulaciones de en que se fundamenta esa nueva constitución. Parece ser que si que hay mecanismos para llevarlo a cabo.
  1. #330 Bueno con esos principios cívicos tipo libertad, igualdad, fraternidad, no creo que existiera ningún tipo de problema, más que nada por que en el articulo 1 de la constitución española ya propugna los valores de libertad, justicia, igualdad y pluralismo político.

    Lo importante no es si estamos ante un cambio de régimen o una reforma constitucional. Podemos cambiar de régimen y que todo siga igual. Por eso te pido que te posiciones y me defiendas tus argumentos para que esas razones las conviertas en propuestas, y una vez propuesto ya veremos si toca un punto fundamental de la constitución habrá que cambiar totalmente la constitución o sino con una reforma vale.
  1. #325 Te he preguntado en que se fundamenta según tu la constitución para que en un hipotético caso de que haya un nuevo proceso constituyente dieras tu punto de vista, si tu redactaras la constitución ¿en que la fundamentarías?.

    Personalmente la redacción del articulo 2 me gusta, pero a lo mejor tu me presentas una nueva concepción y me convences ;)
  1. #318 El articulo que se modifico no es uno de los fuandamentales, para lo que si que se necesita un procedimiento especial (art. 168).

    Yo no he votado a ninguno de esos dos partidos pero no estoy de acuerdo en modificar la constitución en ese punto para permitir la secesión de un territorio, pero como la democracia funciona así tendréis que convencer al resto de españoles de que merece la pena cambiar la constitución para satisfacer vuestros objetivos, a mi personalmente no me habéis convencido. Si no conseguir convencerles ajo y agua la democracia es así. Yo voto a partidos políticos minoritarios que no ven cumplidas sus exigencias y lo acepto, lo que no se puede hacer es reventar las reglas de juego cuando a uno no le convencen.

    #319 ¿Y que es en lo que se fundamenta? porque a lo mejor tenemos opiniones diferentes y no pretenderás que tu opinión valga más que la mía ¿no?
  1. #310 Parafraseando a Sheldon Cooper: " tu no mandas a la mierda la constitución, la constitución te manda a la mierda a ti"

    #312 Lo siento pero no es verdad, la constitución tiene mecanismos legales para modificarse:

    Artículo 168.

    1. Cuando se propusiere la revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al Título Preliminar, al Capítulo II, Sección I del Título I, o al Título II, se procederá a la aprobación del principio por mayoría de dos tercios de cada Cámara, y a la disolución inmediata de las Cortes.

    2. Las Cámaras elegidas deberán ratificar la decisión y proceder al estudio del nuevo texto constitucional, que deberá ser aprobado por mayoría de dos tercios de ambas Cámaras.

    3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación.

    ¿Algún otro argumento?
  1. #307 Efectivamente la única forma posible sería si se modifica la constitución, o mas bien con un nuevo proceso constituyente. Veo que empezamos a aclarar algunos puntos
  1. #291 Bueno antidemocratica, cuando fue ratificado con todo el apoyo que tuvo es bastante decir, cuando se lleva a cabo un proceso constituyente generalmente se hace para que dura un periodo prolongado en el tiempo. La estabilidad institucional es fundamental para que el resto de los derechos se puedan desarrollar. En base a esa estabilidad es el articulo 1 y 2. Esos articulos son comunes a todos los Estados del mundo ahora resulta que todos los estados son dictaduras tiránicas y yo no me habia enterado, El articulo 1 de la constitucion francesa de 1958 (no olvidemos):

    Francia es una República indivisible, laica, democrática y social que garantiza la igualdad ante la ley de todos los ciudadanos sin distinción de origen, raza o religión y que respeta todas las creencias


    #292 Efectivamente con la ley en la mano no se podría hacer por eso la única forma sería cambiando la Constitución y una vez así plantear el referendum. Cosa dificil no lo voy a negar pero no imposible
  1. #277 Ser jefe del Estado, no se prohibe por ser Catalán, Sino que no se te permite porque no eres miembro de la familia Borbón. La monarquía me parece algo a cambiar y en esto estoy de acuerdo contigo pero es el mismo argumento de antes, el día que el republicanismo tenga una gran mayoría habrá que exigir que se cambie por un república pero demandar que se cambie porque a algunos no nos gusta no es democrático.
  1. #279 Primero se debería cambiar la constitución ya que el articulo 1 dice que "la soberanía reside en el pueblo español"

    y articulo 2 dice: "la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles"

    Con esos articulos la única forma de que se realizará un referemdum legal en Cataluña sería si se modifica la constitución para lo cual habría que realizar un referendum en todo Estado.

    De todas maneras debes tener razón, es el procedimiento normal de los otros países que...ai no...nada.

    Esta parte no la he entendido, de verdad.
  1. Cuando te pregunto por la legislación internacional te instaba a que me presentases algun documento, tratado, articulo que apoye tus fundamentos. Te voy a dar yo algunos de ellos:

    - Resolución 1514 de Naciones Unidas, es contrario a la Carta de las NNUU todo intento dirigido a quebrantar la unidad nacional y la integridad territorial de un país

    - Resolución 2625 de Naciones Unidas, ninguna de las disposiciones incluidas en esta resolución bajo el prin. de igualdad de derechos y la libre determinación de los pueblos se entenderá en sentido de que autorice o propicie alguna acción encaminada a quebrantar o menoscabar total o parcialmente, la integridad territorial de estados soberanos.

    Todo derecho, pero especialmente el Derecho internacional antes de positivarse, se tienen en cuenta una serie de aspectos, analizan las situaciones y después se codifica. En el derecho interno no suele existir gran problema en su aplicación ya que el elemento coactivo es intrínseco al sistema. Sin embargo en el ámbito internacional el elemento coactivo es prácticamente inexistente por lo que las situaciones y las normas se interpretan de una forma más generosa, y si que se suelen tener en cuenta las situaciones que han procado un hecho internacional (en el aspecto de Kosovo, los desplazados y la guerra es algo a tener en cuenta).

    Al igual que el reconocimiento de los Estados, se basa más que en argumentos jurídicos en posiciones económicas, politicas o geoestratégicas. Y en el derecho internacional este tipo de intereses son los que priman. Para poder determinar que un estado existe más que una autoproclamación de soberania hay que atender a que y cuantos paises lo han reconocido como estado. Existen muchos de estos estados que no estan reconocidos por la sociedad internacional como puede ser Transnitria o Abjasia.

    Como conclusión:

    - En el derecho interno, en este caso el español una secesión no esta permitida y existen mecanismos para contrarrestarla.

    - En el derecho internacional, se defiende el derecho a mantener la integridad de su territorio a los Estados miembros.

    - Por último como te he explicado más arriba las circunstancias son fundamentales para que se pueda reconocer un estado como tal, y en mi opinión Cataluña no despertaría una oleada de reconocimientos masivos por el resto de la sociedad internacional.
  1. #267 Para mi y tal como están las cosas a nivel legal solo podría hacerse con un referendum nacional en toda España, desde luego si se aprueba la independencia de Cataluña yo no diré nada y aceptaré el resultado como el que más. Pero ojo también es posible que no se apruebe la independencia, lo único que pido es que se respete de la misma forma que yo lo hago, nada más.
  1. #259 Y que ocurre cuando ante la misma pregunta unos dicen SI y otros dicen NO.

    No se puede ser tan buenrollista e intentar agradar a todos porque no al final no se agrada a nadie, la democracia es el gobierno de la mayoría, por ello siempre habrá alguien perjudicado o que no haga prevalecer sus intereses. Y esta situación es lo más normal la vemos a diario y no hay que escandalizarse, en la democracia hay que ser inflexible. Otra cosa es que en un estado democrático tal y como lo entendemos tenga que existir un respeto a la minoría, pero otra muy distinta es que la minoría imponga y decida sobre la mayoría que es lo que estamos viendo.
  1. #253 Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país

    Y cuál es el problema tu tienes todo el derecho del mundo a presentarte como politico, funcionario cualquier función pública en tu país ¡faltaría más!,tu pais es España jurídica y legalmente y como tal lo ve la comunidad internacional.

    Pensaba que me ibas a hablar del derecho de los pueblos a la autodeterminación, pero si quieres eso te lo explico luego
  1. #246 ¿A que urnas te refieres a las que quieres poner solo en Cataluña o las urnas del resto de España? Que facil es usar vuestros argumentos
  1. #213 ¿A que derechos humanos te refieres?
  1. #209 No, en españa los alcaldes se eligen por los vecinos del municipio articulo 140 de la Constitución y desarrollado por la ley de Bases del Regimen Local.

    Claro que se pueden cambiar las froteras se lleva haciendo desde el albor de los tiempos, pero me parece bastante más de neandertales querer en una democracia saltarse todas las normas y todas las leyes para pretender conseguir uno sus objetivos. Eso si que es de cromañones.

    Dejad de engañaros os soñais en Gaza, Cataluña es un territorio representado democráticamente y en el que se respeta cierta autonomía. Por lo que nunca pasareis por territorio colonizado a ojos del derecho internacional
  1. #196 En la resolución del TIJ respecto de Kosovo, efectivamente dice que no es contraria a derecho, que no viola la constitución que tenia Kosovo por entonces, ni el mandato del Consejo de seguridad, por no hablar de que los sujetos jurídicos del acuerdo Yugoslavia ya no existian (ahora Serbia). Por todos estos elementos no considera que fue ilegal, motivos jurídicos. Ademas de otros motivos como el carácter expecional del caso por la guerra y todo el desplazamiento étnico. Recordar también que el tribunal en ningún caso pretendió crear un precedente y concluye que hay que atender a cada situación en particular

    En España seria a todas luces ilegal, tanto por la constitución, por el estatuto de cataluña, sentencias del Tribunal COnstitucional y legislación internacional.

    ¿Por cierto de que ley internacional hablas, según tu sería aplicable a Cataluña? Porque una opinion consultica del Tribunal Internacional de Justica no es una ley. Vamos a ver si llamamos a las cosas por su nombre para no confundir ni manipular a la gente
  1. #194 O sea que...¿si la metrópoli declara por ley que la colonia no se llama colonia entonces no se puede independizar?

    Las naciones unidas son las que determinan que terriorios se consideran coloniales, actualmente existen 16 en el mundo: es.wikipedia.org/wiki/Lista_de_las_Naciones_Unidas_de_territorios_no_a

    Esta recogido por el dercho internacionales que es justo y legítimo levantarse en armas contra un estado que mantenga colonizado un territorio pero como te digo COLONIZADO, los territorios de arriba saben lo que es, Cataluña no.

    Y dale con el referendum, que si quieres hacerlo lo hacemos todos en el Estado español, pero no donde no hay competencias para ello.
  1. #175 Vamos que de todas las resoluciones de la Corte Internacional de Justicia, se reducen a Kosovo. Estoy cansado de repetirlo pero lo volveré a hacer una vez más solo cabría el derecho a independizarse en dos casos:

    1- Que se trate de un territorio colonial (ya no quedan casi territorios así)

    2- Que se halle en una situacion en la cual carezcan de ningun tipo de autogobierno y no se respete su cultura ni identidad. Esto último puede ser polemico, pero la verdad es que en Cataluña como en Euskadi gozan de un autogobierno y una protección de su cultura que en ningún caso podría pasar por un territorio dominado.

    El de Kosovo es un caso del segundo ejemplo, que venia de una guerra y donde las NNUU habian estado administrando el territorio durante un tiempo, ¿Sigues pensando que es un ejemplo aplicable a Cataluña?
  1. #2 Por favor puedes pasarnos alguna sentencia de la Corte Internacional de Justicia en la que diga que no es ilegal hacer una declaración de independencia. Gracias

    #11 Precisamente el derecho de autodeterminación de los pueblos solo se aplica para situaciones coloniales, por lo que el ejemplo de Cuba SI que tendría cabida en él y en el Derecho Internacional actual. Ahora dime al revés tú si sabes de algún territorio que haya declarado su independencia legalmente de forma unilateral.

    #28 En los Tratados europeos se contempla la posibilidad de la salida de un Estado miembro, cosa que no sucede en la constitución española. Cosa que ocurre porque una es una organización de entes con soberanía y la otra no.

Aprueban la ley sobre el referéndum de independencia de Escocia [287]

  1. #161 Personalmente no estoy de acuerdo con todo lo que pides pero por lo menos intentas cambiar las cosas desde dentro. Es decir como debería hacerse reformar la constitución y luego ley óganica.

    Pero en caso de existir ese reconocimiento a la secesión debería ser para todos, es decir todas las comunidades, pero para mi el problema de fondo, llámalo el problema filosófico si quieres. Es el determinar quien puede aspirar a la independencia y quien no. Sigo preguntando ¿no podría una provincia, comarca, pueblo, casa, persona derecho a poder independizarse?

menéame